FORMULARIO DE INFORMACIÓN NORMALIZADA EUROPEA DE CRÉDITO AL CONSUMO
I. Identidad y datos de contacto del prestamista y/o intermediario
1. Prestamista: | Identidad: Аccess Finance S.L., entidad mercantil de nacionalidad española, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 39887, folio 7, Hoja M-708455 con CIF B-88519400. |
2. Dirección (sede) | Avenida Manoteras, núm. 24, 1ª, 28050 - Madrid (España). |
3. Número de teléfono | 910 601 600 |
4. Dirección de correo electrónico | |
5. Dirección web |
II. Descripción de las principales características del crédito
1. Tipo de crédito | Crédito al consumo con reembolso en cuotas. |
2. Importe total del micropréstamo Es decir, el importe máximo o suma de todos los importes puestos a disposición del Prestatario en virtud del Contrato de Micropréstamo. | 1.000 € |
3. Condiciones que rigen la disposición de fondos Es decir, cómo y cuándo el Prestatario recibirá el dinero. | El préstamo será concedido mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Prestatario en la solicitud del préstamo. El desembolso se efectuará en un plazo máximo de 48 a 72 horas desde la firma del Contrato de Micropréstamo, siempre que se hayan cumplido todas las condiciones pactadas para su ejecución. Este plazo podrá ampliarse únicamente en casos de fuerza mayor o por circunstancias ajenas a la voluntad del Prestamista. |
4. Duración del contrato | 9 meses. |
5. Condiciones y, en su caso, el orden en que se realizarán los pagos fraccionados. | Importe de cada cuota: 197,29 € Número de cuotas: 9 Periodicidad de las cuotas: mensual Cada cuota incluye capital e intereses. *El importe indicado de cada cuota no incluye ninguna tarifa/comisión adicional que pudieran derivarse. Con cada cuota abonada, se imputarán los importes en el siguiente orden: i. Intereses de demora, según lo dispuesto en la Sección III, p. 4.3.2, si corresponde; ii. Gastos por impago, según lo establecido en la sección III, p. 4.3.3.2, si procede; iii. Gastos por impago, según lo establecido en la Sección III, p. 4.3.3.1, si procede; iv. intereses ordinarios, conforme a la tasa especificada en la sección III, p. 1; v. Principal. Con el abono de la última cuota, se entenderá que el Prestario ha cumplido íntegramente con la obligación de reembolsar el importe total adeudado del préstamo, de conformidad con lo previsto en la Parte II, punto 6. |
6. Importe total a pagar por el Prestatario. Es decir, el importe del capital prestado más intereses y posibles gastos relacionados con tu crédito. | El importe total a reembolsar por el Prestatario comprende el Importe del Préstamo y los intereses, y asciende a la suma total de 197,29 €. Este será el importe total a pagar, siempre que el Prestatario cumpla correctamente todas las obligaciones derivadas del Contrato de Micropréstamo. En el caso de que las cuotas no se paguen en las fechas establecidas, los importes previstos en la Parte III, Sección 4.6 de este documento se agregarán al importe total adeudado. |
7. (Si corresponde) Los microcréditos se conceden en forma de pago aplazado de un bien o servicio o están vinculados al suministro de bienes concretos o a la prestación de un servicio. - Descripción del producto/servicio - Precio al contado | No aplicable |
8. (Si corresponde) Garantías requeridas Esta es una descripción de las garantías que debe proporcionar en relación con el Contrato. | No aplicable |
9. (Si corresponde) Las amortizaciones no implican la amortización inmediata del capital. | No aplicable |
III. Costes del microcrédito
1. El tipo de interés o, en su caso, los distintos tipos de interés deudor que se aplican al Contrato. | Tasa de interés anual fija: 160% aplicable anualmente al Importe del Préstamo otorgado. La tasa de interés es válida durante toda la vigencia del Contrato y no está sujeta a cambios. |
2. Tasa Anual Equivalente (TAE) La TAE es el coste total del microcrédito en el que incurre un consumidor, expresado como porcentaje anual del importe total del micropréstamo. La TAE se utiliza para comparar diferentes ofertas. | Tasa Anual Equivalente (TAE): 358,51 % *La TAE indicada no incluye comisiones ni costes adicionales. La tasa porcentual anual del préstamo representa el coste total del crédito, expresado como un porcentaje anual del importe total concedido. La TAE se calcula conforme a lo dispuesto en la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, aplicando las reglas y fórmulas establecidas en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, así como en su Anexo I. Esta tasa puede experimentar ligeras variaciones si existe una diferencia entre la fecha de efectiva de la transacción y el día seleccionado para el pago de las cuotas. Ejemplo representativo: En el caso de un contrato de micropréstamo concedido por importe de 1.000 € a un tipo de interés anual del 160 %, a devolver en un plazo de 9 meses en 9 cuotas mensuales iguales, cada una por un importe de 197,29 € que incluirán el principal y los intereses, el importe total adeudado por el préstamo será de 1.775,61 € y la TAE ascenderá al 358,51 %. Hipótesis utilizadas para el cálculo de la TAE: 2. Que el Prestatario cumple con sus obligaciones con exactitud y puntualidad, de conformidad con los términos del Contrato de Micropréstamo. En tal caso, no se le cobrará ningún interés legal por demora en el pago, ni se le cobrará ningún coste adicional. |
3. ¿Es obligatorio obtener el microcrédito por sí mismo, o en las condiciones ofrecidas? - ¿Contratar un seguro que garantice el microcrédito, u otro servicio auxiliar? Si el prestamista no conoce los costos de estos servicios, no se incluyen en la TAE. | No |
- contratar un seguro que garantice el microcrédito, o | No |
- Contrato de otros servicios auxiliares | No |
4. Gastos relacionados con el microcrédito en los que incurrirá el Prestatario | No aplicable |
4.1. (Si corresponde) Costo de mantener una o más cuentas para realizar pagos y retiros. | No aplicable |
4.2. (Si corresponde) Importe de los costes de uso de un medio de pago específico (por ejemplo, una tarjeta de crédito) | No aplicable |
4.3. (Si corresponde) Otros gastos derivados del Contrato a cargo del Prestatario. | 1. Todas las comisiones y gastos asociados a las transferencias bancarias correrán a cargo del Prestatario, y se ajustarán a las tarifas de servicio aplicables del banco correspondiente. 2. Intereses de demora: En caso de impago de alguna cuota en la fecha pactada, el Prestatario estará obligado a pagar intereses de demora del 0,0603% diario sobre el importe del principal pendiente concedido. Estos intereses se aplicarán desde el primer día de retraso hasta la fecha en que se realice el pago total de la deuda, y se calcularán en base al saldo pendiente, de acuerdo con las disposiciones legales aplicables. 3. Gastos por impago: a) 3.1. En caso de que el Prestatario incurra en impago de cualquier cuota en virtud del Contrato, se aplicará un cargo diario de 1,5 €, por cada día de demora*, desde el día 1 de retraso hasta el día 60 inclusive. b) 3.2. En caso de que el impago continúe más allá de un 60º día de demora, el Prestatario incurrirá en un cargo adicional de 40 € por gestión prolongada de impago. El cargo adicional se acumula con el retraso en el día 61 y podrá aplicarse por cada nuevo período de 60 días consecutivos de demora. c) Los importes mencionados anteriormente reflejan y cubren los gastos reales incurridos en la gestión de recobro, incluidos los gastos administrativos y operativos derivador del pago de: personal de plantilla, servicios telefónicos, servicios informáticos, licencias, call center y los costes derivados de la contratación de agencias externas para la recuperación de deuda. Estos trámites consisten en el envío de correos electrónicos, SMS, cartas, burofaxes y la realización de una o varias llamadas, así como los costes de gestión asumidos tanto por el Prestamista como por sus colaboradores. * Días de demora: Se considerará que el Prestatario incurre en mora siempre que no reembolse totalmente, una o más cuotas vencidas en virtud del Contrato de Micropréstamo y el Plan de Amortización. Los días de demora comenzarán a contar desde el primer día de impago y dejarán de contarse en el momento en que el Prestatario abone la totalidad del importe total impagado, junto con los intereses de demora y, en su caso, las comisiones aplicables. |
4.4. (Si corresponde) Condiciones bajo las cuales se podrán modificar los gastos antes mencionados relacionados con el Contrato. | No aplicable |
4.5. (Si corresponde) Gastos notariales obligatorios. | No aplicable |
4.6. Costes en caso de pagos atrasados La falta de pago puede tener graves consecuencias (por ejemplo, la venta forzada) y dificultar la obtención de un micropréstamo. | 1. Podrá dar lugar a exigirle el reembolso anticipado de la totalidad de la deuda pendiente de pago del Contrato de Micropréstamo, la cual será debidamente notificada. 2. Se le cobrarán los intereses de demora y gastos por impago previstos en la Parte III, Sección 4.3. 3. Derecho a la inclusión en ficheros de solvencia patrimonial y crédito: En caso de impago de cualquier cuota vencida, líquida y exigible durante un plazo superior al establecido en la normativa aplicable, el Prestamista tendrá derecho a incluir los datos del Prestatario en ficheros de solvencia patrimonial y crédito, como ASNEF u otros similares. Esta inclusión se realizará previa notificación al Prestatario conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como el Reglamento (UE) 2016/679. |
IV. Otra información importante:
1. Derecho de desistimiento El derecho del Prestatario a rescindir el Contrato en un plazo de 14 días naturales. | El Prestamista tiene derecho a desistir del Contrato de Micropréstamo sin necesidad de indicar motivo alguno, en un plazo de catorce (14) días naturales contados a partir de la fecha de firma del contrato. En caso de ejercer este derecho, el Prestamista deberá reembolsar al Prestamista el Importe del Préstamo (el principal), así como los intereses devengados desde la fecha de desembolso del préstamo hasta la fecha de reembolso del principal. Este reembolso deberá efectuarse sin demora y en un plazo máximo de 30 (treinta) días naturales a partir de la fecha en que se haya notificado al Prestamista el ejercicio del derecho de desistimiento. - Tipo de interés diario aplicable en caso de desistimiento: 0,444% - Forma de ejercer el desistimiento: mediante la presentación de una solicitud expresa de desistimiento; - Dirección para envío de la solicitud: a la dirección postal indicada en los datos identificativos del Prestamista. La solicitud puede enviarse por correo postal, presentarse en la oficina del Prestamista o enviarse por correo electrónico. |
2. Amortización anticipada El derecho del Prestatario a reembolsar la totalidad del préstamo en cualquier momento. | 1. El Prestatario podrá efectuar, durante la vigencia del Contrato de Micropréstamo, el reembolso anticipado total o parcial, de la totalidad o parte del Importe del Préstamo, sin necesidad de alegar causa alguna y sin que ello conlleve costes adicionales. 2. El Prestatario deberá notificar al Prestamista su intención de realizar el reembolso anticipado parcial o total con una antelación mínima de dos (2) días hábiles, a fin de que el Prestamista pueda emitir, dentro de dicho plazo correspondiente liquidación detallada, indicando el importe exacto a abonar y los ajustes que, en su caso, procedan. |
3. (Si corresponde) Derecho del prestatario a una indemnización en caso de reembolso anticipado | No se aplicará ningún cargo por el reembolso anticipado del Importe del Préstamo. |
4. Consultar una base de datos El Prestamista debe informarle de inmediato y de forma gratuita del resultado de una consulta en la base de datos, en caso de que la solicitud de micropréstamo sea rechazada sobre la base de dicha consulta. Esto no se aplica si la difusión de dicha información está prohibida por la ley o por el Derecho de la Unión Europea o es contraria a los objetivos de orden público o seguridad pública. | Con el fin de realizar la evaluación previa a la concesión del préstamo y llevar a cabo controles de cumplimiento, el Prestamista podrá recabar información relativa al análisis de riesgos y al perfil crediticio del Prestatario, de entidades que presten servicios de información financiera y de solvencia patrimonial (en particular, como ASNEF-Equifax y Experian/Badexcug). |
5. Derecho a un proyecto de Convenio de Microcrédito El derecho del Prestatario, previa solicitud, a obtener una copia del proyecto de Contrato de forma gratuita. Esta disposición no se aplicará si en el momento de la solicitud el prestamista no está dispuesto a celebrar el Acuerdo con usted. | Usted tiene derecho a recibir, previa solicitud, un borrador del Contrato de forma gratuita. Esta facultad no será aplicable si, en el momento de la solicitud, el Prestamista no tiene intención de formalizar el Contrato con el Prestatario. |
6. (Si corresponde) Período durante el cual el Prestamista está obligado por la información precontractual* | Esta información es válida desde el momento en que se comunica la decisión sobre la concesión del microcrédito y tendrá vigencia por un plazo máximo de catorce (14) días naturales. |
V. Información adicional en caso de comercialización a distancia de servicios financieros
a) Datos del prestamista | ||
1. (Si corresponde) Prestamista:* | Identidad: Аccess Finance S.L., entidad mercantil de nacionalidad española, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 39887, folio 7, hoja número M-708455 con CIF B-88519400. | |
2. Dirección (sede) | Avenida Manoteras, nº 24, 1ª 28050 - Madrid (España). | |
3. Número de teléfono | 910 601 600 | |
4. Dirección de correo electrónico | ||
5. Dirección web* | ||
6. (Si corresponde) Registro* | Inscrita en el Registro Mercantil español con CIF B-88519400 | |
7. (Si corresponde) Autoridad de Control* | Las autoridades de consumo correspondientes y otras entidades supervisoras, como el Banco de España, en su caso. | |
b) Detalles relacionados con el Contrato | ||
1. Desistimiento del contrato | El Prestatario tiene derecho a ejercer su derecho de desistimiento del presente Contrato sin necesidad de justificación alguna, en un plazo máximo de catorce (14) días naturales desde la fecha de celebración del mismo. | |
2. Cláusula sobre la ley aplicable al contrato de micropréstamo y/o al tribunal competente. | 1. El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española, en particular por lo dispuesto en la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, así como por cualquier otra normativa vigente aplicable en materia de microcréditos y protección de los consumidores. 2. En caso de litigio relacionado con la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente Contrato, las partes se comprometen a intentar resolverlo, en primera instancia, mediante negociación. Si no se alcanzase un acuerdo, las partes se someterán, a su elección y con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a los juzgados y tribunales del domicilio del Prestatario, conforme a las disposiciones legales aplicables. | |
3. Idioma del contrato* | 1. La información precontractual y las condiciones del Contrato se facilitarán en castellano, salvo que el Prestatario solicite expresamente una copia de dicha documentación en cualquiera de los idiomas oficiales vigentes en el territorio del Estado. En ese caso, se entregará la documentación en el idioma solicitado, siempre que así lo exija la normativa aplicable. 2. Dicha solicitud deberá realizarse por escrito y será atendida sin coste adicional para el solicitante. 3. En caso de discrepancia en la interpretación entre la versión original en castellano y una eventual traducción, prevalecerá la versión en castellano. | |
c) Detalles relativos a las reclamaciones | ||
Resolución extrajudicial de conflictos | 1. El Prestatario tiene derecho a presentar una reclamación al Prestamista en la forma descrita en el Contrato. El Prestamista ha habilitado un servicio de atención al cliente para resolver directamente cualquier disputa o queja. 2. Asimismo, el Prestatario podrá recurrir a mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos en materia de consumo. El Prestamista manifiesta su disposición a colaborar con los sistemas de resolución alternativa de conflictos reconocidos por la normativa vigente. 3. En caso de que las partes no consigan resolver la controversia mediante negociación o acuerdo mutuo, cualquiera de ellas podrá someter la disputa a los tribunales del domicilio del Prestatario en territorio español. | |
El presente formulario se ha elaborado tomando como base el ejemplo de un micropréstamo de 1.000 € correspondiente a un cliente que abona las 9 cuotas preestablecidas en sus fechas de vencimiento. Para cualquier aclaración adicional, el Prestatario podrá ponerse en contacto a través de ayuda@axi-card.es o llamando al 910601600. No obstante, la información contractual completa será igualmente facilitada al Prestario en el momento de la formalización del contrato.